Por ordem da Justiça do Paraguai, a Diretoria Geral de Migrações expulsou do país um brasileiro acusado de falsificar cartões de débito e crédito. O homem de 42 anos foi flagrado em Cidade do Leste com os cartões falsificados, preso e levado para o posto de controle migratório da aduana paraguaia da Ponte Internacional da Amizade.
De acordo com o artigo 81 da Lei N° 978/96 de Migrações, do Paraguai, pode ser expulso do território qualquer estrangeiro que:
DE LA EXPULSIÓN Lei de Migraciones
Art. 81. – La autoridad competente, administrativa o judicial, resolverá la
expulsión de un extranjero en los siguientes casos:
1) Cuando hubiese ingresado clandestinamente al país;
2) Cuando hubiese obtenido el ingreso o permanencia en el
país mediante declaraciones o presentaciones de documentos
falsos;
3) Cuando hubiese permanecido en el país una vez vencido el
plazo de permanencia autorizado;
4) Cuando hubiese permanecido en el territorio nacional una
vez cancelada la residencia y no hiciere abandono del país en
el plazo fijado;
5) Cuando fuera condenado a dos o más años de prisión por la
comisión de delito doloso perpetrado durante los primeros tres
años de residencia, o cometido el delito doloso, ulteriormente
fuera condonado a cinco o más años de prisión, luego de
compurgar la pena.
6) Cuando se configuren situaciones en las que las Leyes
especiales previeran la expulsión; y,
7) Cuando atentasen de modo indudable contra la soberanía
con hechos o actos que fuesen prohibidos por las Leyes y la
Constitución, o propiciasen la realización de actos contrarios a
la soberanía nacional.